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Planificación Urbana

Introducción

La ley general de urbanismo y construcción la define en el articulo 27 asi :

“Artículo 27°.- Se entenderá por Planificación Urbana, para los efectos de la presente ley, el proceso que se efectúa para orientar y regular el desarrollo de los centros urbanos en función de una política nacional, regional y comunal de desarrollo socio-económico.
Los objetivos y metas que dicha política nacional establezca para el desarrollo urbano serán incorporados en la planificación urbana en todos sus niveles.”

y en el articulo 28 de la ley de urbanismo y construcción explica lo  siguiente :

“Artículo 28°.- La planificación urbana se efectuará en tres niveles de acción, que corresponden a tres tipos de áreas: nacional, intercomunal y comunal.
     Cada instrumento de planificación urbana tendrá un ámbito de competencia propio en atención al área geográfica que abarca y a las materias que puede regular, en el cual prevalecerá sobre los demás.
     Sin perjuicio de lo anterior, los instrumentos podrán establecer, sólo para territorios no planificados, disposiciones transitorias con carácter supletorio sobre las materias propias del otro nivel, sea éste superior o inferior, las que quedarán sin efecto al momento de entrar en vigencia el instrumento de planificación territorial que contenga las normas correspondientes a ese ámbito de competencia. Estas disposiciones transitorias no serán imperativas para el nuevo instrumento.”

Asesoria Urbana Funciones:

 

De acuerdo al artículo 21 de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, las funciones del departamento de Asesoría Urbana son:

 

a)           Asesorar al alcalde y al concejo en la promoción del desarrollo urbano; 

b)    Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar el plan inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público y los planos de detalle planes seccionales, en su caso, y 

c)       Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. 

¿QUE ES UN PLAN REGULADOR?

¿QUE NO ES UN PLAN REGULADOR?

PLAN REGULADOR COMUNAL

PROCESO DE MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR

SEGUNDA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR

TERCERA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR

Planificación Urbana

Documentos

  • Plano Oficial de Primera modificación al plano regulador comunal de San Pedro de la Paz
  • Publicación en Diario Oficial de Primera modificación al plano regulador comunal de San Pedro de la Paz
  • Memoria explicativa plano de detalles de características arquitectónicas para el barrio el venado (PDAV)

  • Plano de detalles de características arquitectónicas para el barrio el venado
  • Ordenanza Municipal de Diseño, Ejecución y Mantención de Espacios Publicos Sostenibles de San Pedro de la Paz

  • Informe de Respuestas a las Observaciones Realizadas.

  • Plano de Anteproyecto.

  • Memoria Explicativa de Anteproyecto.

  • Acuerdo de Concejo Municipal.


PROGRAMA DE PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA

  • Guia operativa para funcionarios, junta de vecinos y comités.